Gestionada por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estas ayudas son limitadas y se otorgan por orden de presentación y consisten en:
Los contribuyentes podrán deducir el 40% del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio, destinadas a alguna de las finalidades que a continuación se indican, siempre que éstas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Subvenciones del 40% sobre el valor total de la instalación de autoconsumo. Los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos.
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa de carácter municipal establecida por cada ayuntamiento que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles.
Se puede obtener una bonificación de hasta un 50% de la cuota íntegra del impuesto durante 10 años, dependiendo del ayuntamiento:
Beneficios:
Nos ocupamos de todas las gestiones administrativas y legales necesarias para realizar tu instalación de autoconsumo fotovoltaico. También nos ocupamos de tramitar las subvenciones disponibles.